El Tribunal Ambiental recibe la denuncia por parte de usuarios e instituciones con los requisitos mínimos establecidos en la Ley, por lo que para su trámite se requiere realizar una investigación preliminar de los hechos partiendo de los supuestos denunciados por la parte. Dicho proceso de investigación se efectua solicitando criterios técnicos a las instituciones competentes, lo que conlleva a un rango de tiempo mayor para resolver, ya que dependemos de la respuesta de las instituciones que emiten esos informes. Debido al tiempo que este proceso requiere, a la fecha no se puede contabilizar el avance en la meta.
Autor
Marice NavarroCorreo electrónico
mnavarro@minae.go.crIndicador
42. Número de conductas de accion u omisión causantes de erosión hídrica y denuncias ambientales contra desviaciones ilegales de cuerpos de aguaMeta nacional
41. Al 2020 tener identificadas las conductas por acción u omisión que se identifican como causantes de erosión hídrica.Fecha
Lunes, Febrero 25, 2019 - 10:45Archivos relacionados
